Recepción de fondos y órdenes de pago

¿Cómo cobrar en dólares siendo empleado o freelancer?

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Soy Freelancer


A partir del 01/01/2025 si trabajas como freelancer (exportando servicios al exterior) vas a poder ingresar los cobros que recibas y acreditarlos en tu cuenta en dólares por los siguientes conceptos y descripciones:  


  • Mantenimiento y reparaciones(S01)
  • Servicios de construcción (S07)
  • Servicios de telecomunicaciones (S12)
  • Servicios de informática (S13)
  • Servicios de información (S14) 
  • Cargos por el uso de la propiedad intelectual (S15)
  • Servicios de investigación y desarrollo (S16)
  • Servicios jurídicos, contables y gerenciales (S17)
  • Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública (S18)
  • Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos (S19)
  • Servicios relacionados con el comercio (S21)
  • Otros servicios empresariales (S22)
  • Servicios audiovisuales y conexos (S23)
  • Otros servicios personales, culturales y recreativos -incluye enseñanzas educativas- (S24)
  • Otros servicios de salud (S27)


⚠️Tené en cuenta que para poder hacer uso de éste beneficio debés cumplir con el siguiente requisito que establece la normativa:


  • Los fondos deben ingresarse dentro de los 20 días hábiles contados desde su recepción en el exterior o en argentina, a una cuenta local en moneda extranjera a tu nombre. Pasado el plazo de los 20 días hábiles no se podrá utilizar este mecanismo y deberás acreditar en tu cuenta en pesos.


⚠️ Desde el punto fiscal esta operatoria no tributará impuestos.


👉 Si recibiste una orden de pago y querés acreditarla en tu cuenta, podés hacerlo desde Online Banking  consultá ¿Cómo acreditar fondos del exterior en tu cuenta.


Soy Empleado


Los empleadores pueden abonar las remuneraciones de sus empleados en dólares estadounidenses cuando el salario haya sido pactado en esa moneda.


A partir de la Comunicación “A” 8460 del BCRA, estos pagos pueden acreditarse directamente en una cuenta sueldo en dólares estadounidenses a nombre del empleado, manteniendo las condiciones de gratuidad previstas para este tipo de cuentas.


Para realizar el pago, el empleador deberá contar con los dólares disponibles en su cuenta y efectuar la acreditación identificándola como pago de remuneraciones en dólares estadounidenses.


⚠️ Importante: esta normativa habilita la acreditación del salario en dólares, pero no implica por sí misma que el empleador pueda acceder al Mercado Libre de Cambios (MLC) para comprar las divisas destinadas al pago de los sueldos. En caso de necesitar adquirir los dólares, deberá verificarse que la operación se encuentre habilitada por la normativa cambiaria vigente.


¿Qué necesitás?

Tener una cuenta en dólares activa.


¿Cómo hacerlo?

Informarle a tu empleador los datos de esa cuenta.


¿Qué beneficios tenés por cobrar el sueldo en Santander?

Conocelos accediendo al siguiente Qué beneficios tenés por cobrar tu sueldo en Santander


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