Significa que, al momento de solicitar y otorgarse el préstamo, ni el titular ni el cotitular o cónyuge podrán ser propietarios de inmuebles, terrenos o porcentajes sobre ellos.
Además, la propiedad que se
adquiera con el préstamo deberá destinarse a única vivienda familiar y de ocupación permanente,
es decir, deberá ser la residencia habitual del grupo familiar y estar ubicada
en una zona acorde al lugar donde desarrollan su vida personal y laboral.
La vivienda deberá encontrarse desocupada al momento de la compra
y no podrá destinarse a
alquiler ni a otros fines distintos de la residencia permanente de sus
propietarios.
💰El
monto máximo a financiar es de hasta 150.000 Uvas, no pudiendo superar el 70%
del valor de referencia que es la tasación del Banco siempre sujeto a la
aprobación crediticia. Y tiene un monto mínimo de $50.000.000.
📢Esta línea de crédito
contempla un plazo mínimo de 180 meses (15 años) y un plazo máximo de 240
meses (20 años). Además, es importante tener en cuenta que, al finalizar el
plazo total del préstamo, el/os solicitante no deben superar los 75 años de
edad.