Si estás adherido al programa Transferí tu jubilación, es importante que conozcas qué transferencias se consideran válidas, cuándo deben realizarse y qué condiciones debés cumplir para acceder a la bonificación del mantenimiento de cuenta y a los beneficios del programa. En este artículo vas a encontrar las reglas aplicables, los tipos de transferencias admitidos y qué sucede si en algún mes no alcanzás el monto mínimo requerido
¿Tengo que avisar cuando comienzo a transferir?
Cuando te encuentres adherido al programa, no es necesario que informes cuando realices una transferencia.
¿Qué tipo de transferencias puedo recibir?
Podés recibir transferencias de terceros, de cualquier entidad bancaria, de billeteras virtuales y también CREDIN. Excluye transferencias entre cuentas propias de Santander.
¿Puedo hacer una o varias transferencias mensuales hasta cumplir el monto por tipo de producto?
Podés realizar una o varias transferencias entre los días 1 y el 20 de cada mes, mientras la sumatoria de las mismas alcance el monto definido por tipo de producto. De esta manera se bonificará el mantenimiento de cuenta y podrás acceder a los beneficios del programa "Transferí tu jubilación".
Si contás con una Supercuenta las transferencias deberán realizarse entre los días 1 y el 15 de cada mes para poder bonificar el mantenimiento de la cuenta.
¿Qué sucede si un mes no cumplo con la condición del mínimo de transferencia?
Si un mes no realizas la transferencia o no cumplís con el monto mínimo por tipo de producto, deberás abonar la comisión de mantenimiento de cuenta vigente a esa fecha.
Si estas recibiendo la acreditación del Regalo de Bienvenida por ser Cliente nuevo, la cuota correspondiente a ese mes quedará en suspenso y se activará cuando se registren nuevamente las transferencias mensuales. El plazo para gozar del regalo es de 12 meses contando desde el alta de tu cuenta.