Se pueden dar dos situaciones:
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Si el embargo se cumple porque retenemos la totalidad del monto ordenado por la medida, el levantamiento es automático. No tenés que hacer nada.
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Si por algún motivo, el juez levanta la medida cautelar antes de la retención total de los fondos, será necesario que nos notifique el levantamiento por el mismo medio que ordenó la medida.