Si el concepto por el cual está realizando el pago al exterior no requiere la presentación de una SIMI en estado de salida, deberá adjuntar a la operación de cierre de cambio la siguiente declaración jurada.
Si el concepto por el cual está realizando el pago al exterior no requiere la presentación de una SIMI en estado de salida, deberá adjuntar a la operación de cierre de cambio la siguiente declaración jurada.