Si solicitaste un préstamo con fecha posterior al 01/09/2016, no te estamos cobrando ningún tipo de comisión o cargo vinculado con el seguro de vida sobre saldo deudor.
Pero esto no significa que no tengas cobertura. De acuerdo a la Comunicación A 5928 del Banco Central de la República Argentina, el banco debe autoasegurarse o contratar un seguro sobre saldo deudor con cobertura de fallecimiento e invalidez total permanente.
La cobertura que hemos contratada o el autoseguro, extingue totalmente el monto adeudado en caso de fallecimiento o invalidez total permanente del titular del préstamo.
En caso que tengas un cotitular, extingue la parte proporcional.