Si tenés un préstamo hipotecario con destino vivienda única y de ocupación permanente y/o un préstamo prendario UVA, le aplicaron los beneficios del Decreto de Necesidad y Urgencia 319/2020, por lo cual, durante el período comprendido entre abril de 2020 y septiembre de 2020, abonaste el mismo valor de cuota que en el mes de marzo 2020.
Este beneficio generó una diferencia entre la cuota que deberías haber abonado (sin el beneficio del DNU 319/20) en cada mes y la que efectivamente pagaste (congelada). Por eso a partir del 23/10/20 verás reflejada esta diferencia en Online Banking y la App en 3 cuotas (iguales, mensuales y consecutivas), cuyos vencimientos serán el 16/11/20, el 16/12/20 y el 16/01/21, bajo la leyenda “DIFERENCIA POR CONGELAMIENTO DE CUOTAS (DNU 319/2020)”. Estas cuotas no generan ningún tipo de interés y las podrás cancelar anticipadamente y sin costo.