El Seguro de Accidentes Personales es un contrato que funciona como instrumento de protección en caso de muerte accidental o invalidez total y permanente a causa de un accidente.
Se entiende por “accidente” a toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrida por el Asegurado independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de o con un agente externo. Se consideran también accidentes: la asfixia o intoxicación por vapores o gases, la asfixia por inmersión u obstrucción en el aparato respiratorio que no provenga de enfermedad; la intoxicación o envenenamiento por ingestión de sustancias tóxicas o alimentos en mal estado consumidos en lugares públicos o adquiridos en tal estado; infecciones microbianas o intoxicaciones cuando sean de origen traumático; rabia; luxaciones articulares y distensiones, dilaceraciones y rupturas musculares, tendinosas y viscerales causadas por esfuerzo repentino y evidentes al diagnostico (excepto lumbalgias, várices y hernias, las que no están cubiertas por la póliza). La invalidez total y permanente se produce cuando, a causa de un accidente, la persona asegurada sufre la pérdida completa de su habilidad tanto motriz como mental.