Queremos ayudarte a comprender cómo se aplican los impuestos a los consumos realizados en moneda extranjera con tus tarjetas de crédito y débito Santander.
Consumos alcanzados por el impuesto
Están alcanzados por el impuesto:
- Todos los consumos realizados en moneda extranjera.
- Los adelantos de efectivo solicitados en el exterior.
Casos en los que no corresponde el impuesto
El impuesto no corresponde cuando los consumos en moneda extranjera fueron abonados en dólares, ya sea mediante débito en cuenta o pago por ventanilla, al momento del vencimiento de la tarjeta.
Tampoco corresponde para las siguientes operaciones:
- Adquisición de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.
- Gastos vinculados con prestaciones de salud.
- Compra de medicamentos.
- Adquisición de libros en cualquier formato.
- Utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
- Gastos asociados a proyectos de investigación realizados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, los Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, las universidades y demás instituciones integrantes del sistema universitario argentino.
- Adquisición en el exterior de materiales, equipamiento y otros bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil por parte de las entidades reconocidas por la Ley 25.054 y sus modificatorias.
- Adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos, o su contratación en Argentina cuando sean prestados por personas o entidades no residentes. Esta excepción no incluye servicios educativos.
Cómo se reflejan estos movimientos en tu resumen
Los consumos alcanzados por el impuesto se visualizarán en tu resumen mediante movimientos en pesos identificados con la siguiente denominación:
- A cuenta de Impuesto a las Ganancias/Bienes Personales (30%): DB. RG 5617 30%
Además, este importe se incluye dentro del cálculo del pago mínimo de tu tarjeta de crédito.
Consumos realizados en el exterior
Los consumos efectuados en el exterior continúan alcanzados por el impuesto aunque ingresen a tu resumen en pesos.
Esto aplica tanto cuando:
- Realizás una compra en el exterior y el consumo se procesa en pesos.
- Elegís en el comercio del exterior que la operación ingrese en tu resumen en moneda pesos.
En ambos casos, el impuesto aplica porque la operación fue realizada fuera del país.
Cómo pagar en dólares los consumos realizados en dólares
Si tenés adherido el débito automático del pago mínimo de tu tarjeta de crédito y querés pagar en dólares los consumos realizados en esa moneda, debés:
- Realizar el Stop Debit del débito automático.
- Ingresar el pago en dólares por el saldo en moneda extranjera.
- Ingresar el pago en pesos por el saldo en pesos, si existiera, descontando el importe del impuesto cobrado.
⚠️ Importante: si no realizás el Stop Debit, el día del vencimiento debitaremos el saldo restante necesario para cubrir el pago mínimo, siempre que los pagos realizados previamente no alcancen ese importe.
Pago en dólares y aplicación del impuesto
Si abonás en dólares los consumos realizados en el exterior con tu tarjeta de crédito entre la fecha de cierre y la fecha de vencimiento del resumen, no se aplicará el impuesto mencionado en este artículo.
⚠️ Importante: si realizás el pago antes del cierre de la liquidación o después de la fecha de vencimiento, el impuesto sí aplicará.
Si te cobraron un impuesto que no corresponde
Si identificás en tu resumen el cobro del impuesto sobre una operación no alcanzada, podés acercarte a tu sucursal con la factura o comprobante donde figure el producto o servicio adquirido para solicitar la evaluación del reintegro correspondiente.
Para cursos realizados en el exterior, además de la factura, deberás presentar una nota emitida por el establecimiento que indique expresamente que la modalidad de cursada es virtual. La devolución del impuesto no aplica para cursos presenciales.